Calculadora de baja laboral gratis
Calcula lo que corresponde por incapacidad temporal según el tipo de contingencia y los días de baja, y comprueba qué parte depende de tu convenio.
Tu baja
La base reguladora diaria se obtiene dividiendo entre 30 la base de cotización del mes anterior, que figura en tu nómina.
Resultado
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| Tramo | Porcentaje | Días | Importe |
|---|
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- Ningún dato sale de tu dispositivo
Esto es una estimación, no asesoramiento laboral. El importe real depende de tu base de cotización exacta y de tu convenio. Si la baja deriva de un accidente de trabajo o hay un despido de por medio, eso se consulta con un profesional — no con una calculadora.
Los tramos
| Días | Enfermedad común | Accidente de trabajo |
|---|---|---|
| 1 a 3 | Sin prestación (salvo convenio) | 75 % desde el día siguiente |
| 4 a 20 | 60 % | 75 % |
| 21 en adelante | 75 % | 75 % |
Porcentajes de la base reguladora (base de cotización del mes anterior ÷ 30), no del salario. En enfermedad común paga la empresa del día 4 al 15 y la Seguridad Social o la mutua desde el 16, normalmente adelantado en nómina.
Lo que más mueve la cifra
El convenio colectivo: muchos complementan hasta el 100 %. Duración máxima 365 días, prorrogable 180. Para contingencias comunes hacen falta 180 días cotizados en los últimos 5 años. Los autónomos cobran igual, pero siguen pagando la cuota los primeros 60 días. Esto es una estimación, no asesoramiento laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra estando de baja?
Del día 4 al 20 el 60 % de la base reguladora y desde el 21 el 75 %; por accidente de trabajo, el 75 % desde el día siguiente.
¿Quién paga la baja?
En enfermedad común la empresa del día 4 al 15 y la Seguridad Social o la mutua desde el 16, normalmente adelantado en nómina.
¿Cómo se calcula la base reguladora?
Con carácter general, la base de cotización del mes anterior dividida entre 30.
¿Puede mi convenio mejorar lo que cobro?
Sí: muchos convenios complementan la prestación, a veces hasta el 100 %.
¿Cuánto puede durar una baja?
Hasta 365 días, prorrogables 180 más cuando se prevé la curación.
Fuente y método
- Contingencias comunes
- Sin prestación los días 1 a 3; 60% del día 4 al 20; 75% desde el 21
- Contingencias profesionales
- 75% desde el día siguiente a la baja
- Base reguladora diaria
- Base de cotización del mes anterior dividida entre 30
- Pagador
- Empresa del día 4 al 15; Seguridad Social o mutua desde el 16, con pago delegado
- Convenio
- Puede complementar hasta el 100% y desde el primer día
- Carencia
- 180 días cotizados en los últimos 5 años para contingencias comunes
- Duración
- 365 días prorrogables 180 más, hasta 545
- Autónomos
- Siguen pagando cuota los primeros 60 días; desde el 61 la asume la mutua
- Límites
- Estimación orientativa; no incluye complementos de convenio ni retenciones
- Publicado
- 13 de septiembre de 2026
- Última revisión
- 13 de septiembre de 2026
- Próxima revisión
- marzo de 2027
Esta herramienta no emite diagnósticos y no sustituye la valoración de un profesional sanitario. Consulta el aviso médico.